Requisitos

- Carnet de conducir válido en España.
- DNI o pasaporte
- Depósito de seguridad (fianza) 500 € para las motos hasta 125 cc y scooters, 700 € para las motos hasta 500 cc, el resto 1400 €.

 

Forma de pago

- Tarjeta de crédito, débito o PayPal. 


Condiciónes de alquilér

1. LÍMITES DE KILÓMETROS Y SOBRECARGAS.

El arrendatario deberá respetar los siguientes límites de kilometraje: 300 km diarios. Para los vehículos CB125F, Vision 110, CRF300L, Forza 350 y X-MAX 250, el límite será de 250 km diarios. Esta condición no se aplica a los alquileres mensuales de 28 días o más, que estarán limitados a 80 km por día, independientemente de la duración total del contrato. En caso de superar el kilometraje estipulado, el arrendatario deberá abonar un cargo de 0,40 € por cada kilómetro excedido.

2. ENTREGA.

El vehículo se entrega en correcto estado mecánico y revisada. Antes de iniciar el alquiler, el arrendatario deberá realizar vídeo y fotografías del estado del vehículo, incluyendo cualquier daño preexistente, y enviarlos por WhatsApp al +34 623 129 271 o por email a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. La falta de envío de dichas imágenes implicará que no podrán alegarse daños preexistentes a la devolución.

3. DEVOLUCIÓN.

El arrendatario deberá devolver el vehículo en la dirección, fecha y hora indicadas en la ficha de alquiler, en las mismas condiciones en las que lo recibió, salvo el desgaste normal derivado del uso correcto. El retraso en la devolución ocasionará un cargo de 60 € por cada hora o fracción. En caso de devolución anticipada, no se reembolsarán los días no utilizados. Si la motocicleta se devuelve en estado de suciedad considerable, el arrendatario deberá abonar 30 € en concepto de limpieza.

4. CONDICIONES DEL CONDUCTOR.

El arrendatario, como conductor del vehículo, y el conductor autorizado declaran tener la edad requerida para conducir la motocicleta alquilada: 21 años para motos hasta 600 cc y 23 años para el resto. Asimismo, declaran disponer de un permiso de conducir válido en España para este tipo de vehículos y se comprometen a cumplir en todo momento la legislación vigente. Se considerarán válidos en España los permisos expedidos conforme a la legislación española en vigor, los expedidos por los Estados miembros de la Unión Europea y los permisos internacionales reconocidos en España.

5. CESIÓN DE EL VEHÍCULO.

No está permitido ceder el uso del vehículo a terceras personas sin autorización expresa y previa del arrendador. El arrendatario será en todo caso responsable de los daños que puedan ocasionarse en o con el vehículo.

6. UTILIZACIÓN DEL VEHÍCULO.

El arrendatario se compromete a:
a) No transportar personas o mercancías cuando ello implique directa o indirectamente el subarriendo del vehículo.
b) No permitir que el vehículo sea conducido por personas distintas del arrendatario o de aquellas expresamente autorizadas en la ficha de alquiler.
c) No conducir el vehículo en condiciones físicas inadecuadas motivadas por fatiga, enfermedad o bajo los efectos del alcohol, drogas o sustancias estupefacientes.
d) No utilizar el vehículo para remolcar o empujar otros vehículos o remolques.
e) No participar con el vehículo en pruebas deportivas, carreras o entrenamientos de cualquier modalidad.
f) No realizar ningún tipo de intervención, modificación, manipulación, reparación o sustitución de partes o accesorios del vehículo sin autorización expresa y previa del arrendador.
g) No transportar en el vehículo mercancías inflamables, peligrosas, radioactivas, tóxicas o nocivas.
h) No transportar mercancías que superen el peso, cantidad o volumen autorizados en el permiso de circulación o ficha técnica del vehículo.
i) No circular por terrenos que puedan causar daños o desperfectos al vehículo.
j) Estacionar el vehículo en lugares adecuados y seguros, utilizando los sistemas de cierre o seguridad facilitados por el arrendador, y mantener en todo momento la documentación del vehículo junto al mismo.
k) Vigilar los niveles de aceite, líquidos hidráulicos, refrigerante y la presión de los neumáticos conforme a las indicaciones del arrendador.
l) Detener el vehículo lo antes posible cuando se ilumine cualquier testigo que indique una anomalía en su funcionamiento y contactar a la mayor brevedad con el arrendador.
m) Repostar exclusivamente gasolina sin plomo. El repostaje con gasóleo (diésel) o cualquier combustible incorrecto provocará graves daños en el vehículo, que serán íntegramente asumidos por el arrendatario, quedando la fianza retenida hasta la facturación completa de la reparación. n) No utilizar el vehículo para actividades de reparto.

7. DAÑOS AL VEHICULO.

El arrendatario será responsable de los daños ocasionados al vehículo durante el periodo de alquiler, tanto en circulación como en estacionamiento. El arrendador podrá descontar de la fianza el importe necesario para cubrir la reparación. Una vez finalizada la reparación, se facilitará al arrendatario la factura correspondiente y, en su caso, se liquidará la parte sobrante de la fianza. Si el coste total superase la fianza depositada, y sin perjuicio de las coberturas aplicables del seguro, el arrendatario deberá abonar la diferencia. Se considerará mal uso del vehículo cualquier utilización contraria a la normativa de tráfico, a las especificaciones del fabricante o a las indicaciones del arrendador. Los desgastes anormales, especialmente en neumáticos y componentes mecánicos, serán a cargo del arrendatario.

8. EN CASO DE ACCIDENTE.

El arrendatario deberá informar inmediatamente a la compañía de seguros y al arrendador de cualquier siniestro ocurrido durante el alquiler. Asimismo, deberá facilitar los datos de la parte contraria, remitir la documentación correspondiente a la mayor brevedad y colaborar con la aseguradora y el arrendador en la gestión del siniestro. En caso de accidente grave, deberá avisar telefónicamente de inmediato. El vehículo no podrá abandonarse sin haber adoptado antes las medidas adecuadas para protegerlo.

9. PÉRDIDA O ROBO DE EL VEHÍCULO.

Al igual que en caso de accidente, en caso de robo o pérdida total o parcial del Vehículo, el Arrendatario se compromete a notificar de manera inmediata este hecho al Arrendador, en el teléfono móvil indicado en el encabezamiento y a prestar completa colaboración con el Arrendador y con la compañía aseguradora en la investigación y defensa de cualquier investigación o proceso. Si el Vehículo es robado o perdido por negligencia del Arrendatario, éste será responsable, y pagará al Arrendador el valor de mercado, en función de las tablas del Ministerio de Hacienda, sin que eso suponga una renuncia por parte del Arrendador de ejecutar las acciones judiciales civiles y/o penales que considere oportunas contra el Arrendatario. Si el Vehículo es recuperado, el Arrendatario se hará cargo de todos los gastos que ocasionen su revisión y/o reparación, así como el lucro cesante en el que incurra el Arrendador según las tarifas del momento que el Arrendatario conoce. Si la causa del robo, no fuera debida a la negligencia del Arrendatario, éste solo será responsable por el importe de la Fianza depositada. En cualquiera de ambos casos, el contrato de alquiler se dará por cancelado, sin que el Arrendatario tenga derecho a reembolso alguno. En el caso de que el robo se produjese sobre alguno de los accesorios o partes del Vehículo, el Arrendatario será responsable del robo e indemnizará al Arrendador por el precio oficial de tarifa del fabricante de la pieza o accesorio robado más el coste de la mano de obra facturada por el taller que corresponda.

10. DAÑOS DE LOS OCUPANTES Y SUS BIENES.

El Arrendatario y su ocupante eximen al Arrendador de toda responsabilidad por cualquier daño que puedan sufrir, tanto físico como material derivados del uso normal o anormal del Vehículo arrendado. Expresamente declaran conocer los riesgos que el uso del Vehículo puede producir. Así mismo el Arrendatario releva al Arrendador de toda responsabilidad por pérdidas o daños que se produzcan en objetos dejados o transportados en el Vehículo por el Arrendatario o por cualquier otra persona, o en la ropa de éstos, bien durante la vigencia del contrato o después de la devolución del Vehículo. El Arrendatario deberá viajar con la equipación reglamentaria adecuada y exigida por las autoridades competentes.

11. COMBUSTIBLE.

El combustible no está incluido en el precio del alquiler. El Arrendador entregará el Vehículo con el depósito de combustible lleno. Así mismo el Arrendatario devolverá el Vehículo de igual modo. Si por parte del Arrendatario se entregase el Vehículo con menos gasolina, el Arrendador cargará la parte proporcional que falte del depósito, más unos gastos de 20 €, por los costes que se ocasionan al Arrendador. 

12. MULTAS Y OTROS CARGOS.

El Arrendatario se compromete a pagar 50 € por gastos de gestión de multas y a pagar todas las multas por cualquier infracción a la legislación vigente y aplicable, especialmente la relativa al código de circulación y normativa del transporte que le sean impuestas, así como los gastos derivados de la retirada de la vía pública del Vehículo, por parte de las autoridades policiales. En caso de multas que requieran la identificación del conductor, el Arrendador notificará, a las autoridades competentes, exclusivamente la identidad del Arrendatario. El Arrendatario se hará cargo de los costes judiciales y de defensa judicial y letrada en que haya incurrido el Arrendador provenientes de accidentes o conductas ilegales por parte del Arrendatario y/o sus acompañantes, así como el importe de los días en que el Arrendador no puede disponer libremente del Vehículo por motivo de embargo, avería o daño causados al mismo durante el arrendamiento imputable al Arrendatario.

13. SEGURO.

El vehículo se entrega con seguro de responsabilidad civil a terceros, defensa jurídica y asistencia en carretera. Los daños propios del vehículo durante el alquiler serán responsabilidad del arrendatario, salvo las coberturas aplicables en cada caso.

14. PÉRDIDA.

En caso de pérdida, extravío o no devolución de cualquiera de los elementos, accesorios, equipamiento o componentes entregados junto con el vehículo, se aplicarán los siguientes importes en concepto de sustitución:

  • Documentación, casco, llaves, soportes, cámara, bolsa, candado, chaquetas, pantalones, botas u otro equipamiento de protección personal: 150 € por elemento.
  • GPS, baúl o maletas laterales: 500 € por elemento.
  • Guantes y accesorios menores: 40 € por elemento.
    Para cualquier otro elemento, accesorio o componente no incluido expresamente en los apartados anteriores, el arrendatario deberá abonar el coste real de reposición, debidamente acreditado. Si el importe correspondiente supera la fianza depositada, deberá abonar la diferencia.

15. PRECIO DEL ALQUILER Y CARGOS POR TARJETA.

El precio por alquiler, así como el depósito de Fianza se determinan por la Tarifa General Vigente, puesta a disposición del Arrendatario, más los impuestos correspondientes en cada momento, y deberán ser abonados previamente por el Arrendatario. En ningún caso el depósito podrá servir para una prórroga del alquiler.

16. JURISDICCIÓN APLICABLE.

Para resolver cualquier duda o disconformidad que pudiera surgir por la interpretación y cumplimiento del mismo, ambas partes renuncian expresamente a sus propios fueros y se someten a los Tribunales de Jerez de la Frontera.

17. RESTRICCIÓN DE USO.

Está permitido el uso de la motocicleta por carretera y por caminos de fácil acceso. No está autorizado el uso en zonas de off-road técnico ni la conducción tipo enduro. El incumplimiento conllevará un cargo adicional de 50 € por día, sin perjuicio de otros daños o costes que puedan derivarse.

18. RECOGIDAS Y DEVOLUCIONES EN FIN DE SEMANA O FESTIVOS.

La recogida o devolución del vehículo el sábado, domingo o día festivo tendrá un coste adicional de 30 € por apertura. Este importe deberá abonarse en la tienda el día de la recogida.